Expresamente dice la norma que dentro de las
cinco días siguientes al otorgamiento de la Licencia, el Curador Urbano
remitirá copia de la misma al Alcalde para que este ejerza la función de
vigilancia y control.
Multiplicidad de normas encomiendan a los alcaldes
municipales o distritales para que, directamente o a través de sus delegados,
ejerzan la función de vigilancia y control a las
construcciones, ordenando visitas periódicas durante la
construcción, dejando constancia mediante actas.
Decreto 2150 de 1995. En
este sentido, el artículo 61 del Decreto
Nacional 2150 de 1995, establece (subrayas adicionadas):
Artículo 61.- Control. Corresponde a los alcaldes distritales o municipales
directamente o por conducto de sus agentes, ejercer la vigilancia y control, durante la ejecución de las obras,
con el fin de asegurar el cumplimiento de la licencia de urbanismo o de construcción y de las demás normas y especificaciones técnicas contenidas en el plan de
ordenamiento físico, sin perjuicio de las facultades atribuidas a los
funcionarios del Ministerio Público y de las veedurías en defensa tanto en
orden jurídico, del ambiente y del patrimonio y espacios públicos, como de los
intereses de la sociedad en general y los intereses
colectivos.
Para tal efecto, dentro de los cinco días siguientes a la expedición de la licencia, el Curador remitirá copia de ella a las autoridades previstas en este artículo.
Para tal efecto, dentro de los cinco días siguientes a la expedición de la licencia, el Curador remitirá copia de ella a las autoridades previstas en este artículo.
Complementando, a partir del Decreto Nacional 1600 de 2005 (de
2005/05/20) y las normas que le subsiguieron hasta la norma vigente, Decreto Nacional 1469 de 2010, se precisó la forma de dicho
control, así:
En todo caso, la inspección y seguimiento de los proyectos se
realizará mediante visitas técnicas periódicas
durante y después de la ejecución de las obras, de lo cual se dejará
constancia en un acta suscrita por el visitador y el responsable de la obra. Dichas
actas de visita harán las veces de inspección ocular o dictamen pericial, en
los procesos relacionados por la violación de las licencias y se anexarán al Certificado de Permiso de Ocupación1cuando fuere del caso.
Características de la vigilancia y control. De las normas
transcritas se aprecia que los controles por parte del municipio de Medellín al
Edificio Space debían cumplir con las siguientes características:
- Por disposición legal expresa, la vigilancia y control son expresa función
del Alcalde o su
delegado.
- La vigilancia y control se debe ejercer mediante visitas
técnicas de
obra. Nótese que no se trata de visitas administrativas sino técnicas, de
donde se entiende que el objeto es verificar los temas técnicos de la
obra.
- Las visitas de control debían ser periódicas; es decir, cada cierto
tiempo.
- La visitas de control son obligatorias. La norma no dice los alcaldes podrán sino los Alcaldes deberán. La
Administración Municipal conoce de la ejecución de las obras porque el
Curador Urbano le envía copia de la Licencia que otorgó.
- La visitas tenían principalmente una función
preventiva,
pues la norma ordena hacerlas durante la
ejecución de
las obras.
- La finalidad de las visitas de vigilancia
y control es asegurar el cumplimiento de la licencia otorgada por el Curador
Urbano, la cual incluye temas estructurales, urbanísticos y de suelos.
- También se deben hacer visitas después de la ejecución de las obras.
- Se debe dejar constancia escrita de la visita mediante actas suscritas por el
visitador y el profesional responsable de la obra.
- Las actas de visita se deben adjuntar al Certificado de Permiso de
Ocupación.
Cualquier inquietud sobre el alcance de la vigilancia y control a cargo
del Municipio de Medellín debe ser dilucidada mediante la interpretación del
artículo 2° de la Constitución Nacional, que en el
aparte pertinente dice:
...Las autoridades de la República
están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en
su vida, honra, bienes...
Certificado de Permiso de Ocupación. 1Adicionalmente,
otro momento de control por parte del municipio de Medellín se encuentra al
otorgar el Certificado de Permiso de Ocupación. ¿Qué es éste certificado? Así
lo dice la norma:
Certificado de
permiso de ocupación. Es el acto mediante el cual la autoridad
competente para ejercer el control urbano y posterior de obra, certifica mediante acta detallada el cabal cumplimiento de:
1. Las obras construidas de conformidad con la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva otorgada por el curador urbano o la
autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias (...)
2. Las obras de
adecuación a las normas de sismo resistencia y/o a las normas urbanísticas y
arquitectónicas contempladas en el acto de reconocimiento de la edificación, en
los términos de que trata el Título II del presente decreto.
Una vez concluidas
las obras aprobadas en la respectiva licencia de construcción, el titular o el
constructor responsable, solicitará el certificado de permiso de ocupación a la
autoridad que ejerza el control urbano y posterior de
obra.
Para este efecto,
la autoridad competente realizará una visita
técnica ocular al sitio donde se desarrolló el proyecto, dejando constancia de la misma
mediante acta, en la que se
describirán las obras ejecutadas. Si estas se adelantaron de conformidad con lo
aprobado en la licencia, la autoridad expedirá el Certificado de Permiso de
Ocupación del inmueble. Cuando el proyecto deba cumplir con la supervisión
técnica de que trata el literal A.1.3.9 de la Norma Técnica Sismo resistente
(NSR-98), se adicionará la constancia de los registros de esa supervisión.
En el evento de
verificarse incumplimiento de lo autorizado en la licencia o en el acto de reconocimiento
de la edificación, la autoridad competente se abstendrá de expedir el certificado correspondiente e iniciará el trámite para la
imposición de las sanciones a que haya lugar.
Parágrafo. La
autoridad competente tendrá un término máximo de quince (15) días hábiles,
contados a partir de la fecha de la solicitud para realizar la visita técnica y
expedir sin costo alguno el certificado de permiso de ocupación.
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